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osiris2

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» Fecha: 09/05/2008 21:40

(ND) Real Decreto de revisiones gas, me lo he leido IMPORTANTE

Nº de respuestas: 13 - Nº de lecturas: 301

bueno pues a raiz del post que abrió leonessa, me pico la curiosidad y me lo he leido......y resulta que estábamos equivocadas parcialmente:


Existen dos tipos de inspección:


laobligatoria cadacinco años que es para ver la eficiencia enérgetica de la caldera que la tiene que hacer la empresa suministradora de gas


y LUEGO DICE QUE EL USUARIO TIENE LA OBLIGACION DE CONTRATAR EL MANTENIMIENTO DE LA INSTALACION CON UNA EMPRESA QUE TIENE QUE HACER LAS OPERACIONES QUE VIENEN REFLEJADAS EN ESA LEY......y la empresa de mantenimiento que contratemos tiene que emitir un certificado de mantenimiento anualmente.


OSEASE.......que lo que yo entiendo es que TENEMOS LA OBLIGACIÓN DE CONTRATAR EL MATENIMIENTO.......con una empresa y eso es lo que te vienen a hacer una vez al año............no es que sea una inspección obligatoria es que tenemos que hacer un mantenimiento obligatorio ....no se si me explico.


Artículo 25. Titulares y usuarios.


1. El titular o usuario de las instalaciones térmicas es responsable del cumplimiento del RITE desde el momento en que se realiza su recepción provisional, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12.1.c de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria , en lo que se refiere a su uso y mantenimiento, y sin que este mantenimiento pueda ser sustituido por la garantía.


2. Las instalaciones térmicas se utilizarán adecuadamente, de conformidad con las instrucciones de uso contenidas en el Manual de Uso y Mantenimiento de la instalación térmica, absteniéndose de hacer un uso incompatible con el previsto.


3. Se pondrá en conocimiento del responsable de mantenimiento cualquier anomalía que se observe en el funcionamiento normal de las instalaciones térmicas.


4. Las instalaciones mantendrán sus características originales. Si son necesarias reformas, éstas deben ser efectuadas por empresas autorizadas para ello de acuerdo a lo prescrito por este RITE.


5. El titular de la instalación será responsable de que se realicen las siguientes acciones:


a. encargar a una empresa mantenedora, la realización del mantenimiento de la instalación térmica;


b. realizar las inspecciones obligatorias y conservar su corresp

osiris2

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» Fecha: 09/05/2008 21:41:11

Artículo 31. Inspecciones periódicas de eficiencia energética.

1. Las instalaciones térmicas y, en particular, sus equipos de generación de calor y frío y las instalaciones solares térmicas se inspeccionarán periódicamente a lo largo de su vida útil, a fin de verificar el cumplimiento de la exigencia de eficiencia energética de este RITE.

2. El órgano competente de la Comunidad Autónoma establecerá el calendario de inspecciones periódicas de eficiencia energética de las instalaciones térmicas, coordinando su realización con otras inspecciones a las que vengan obligadas por razón de otros reglamentos.

3. El órgano competente de la Comunidad Autónoma establecerá los requisitos de los agentes autorizados para llevar a cabo estas inspecciones de eficiencia energética, que podrán ser, entre otros, organismos o entidades de control autorizadas para este campo reglamentario, o técnicos independientes, cualificados y acreditados por el órgano competente de la Comunidad Autónoma, elegidos libremente por el titular de la instalación de entre los autorizados para realizar estas funciones.

4. El órgano competente, si así lo decide, podrá establecer la realización de estas inspecciones mediante campañas específicas en el territorio de su competencia.

5. Las instalaciones existentes a la entrada en vigor de este RITE estarán sometidas al régimen y periodicidad de las inspecciones periódicas de eficiencia energética establecidas en la IT 4 y a las condiciones técnicas del reglamento con el que fueron autorizadas.

6. Si, con motivo de esta inspección, se comprobase que una instalación existente no cumple con la exigencia de eficiencia energética, el órgano competente de la Comunidad Autónoma podrá acordar que se adecue a la normativa vigente.

osiris2

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» Fecha: 09/05/2008 21:42:25

IT 3.3. PROGRAMA DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO.

1. Las instalaciones térmicas se mantendrán de acuerdo con las operaciones y periodicidades contenidas en el programa de mantenimiento preventivo establecido en el Manual de Uso y Mantenimiento que serán, al menos, las indicadas en la tabla 3.1 de esta instrucción para instalaciones de potencia térmica nominal menor o igual que 70 kW o

2. Es responsabilidad del mantenedor autorizado o del director de mantenimiento, cuando la participación de este último sea preceptiva, la actualización y adecuación permanente de las mismas a las características técnicas de la instalación.

Tabla 3.1. Operaciones de mantenimiento preventivo y su periodicidad.

Operación

Periodicidad

70kW

>70kW

1. Limpieza de los evaporadores

t

t

2. Limpieza de los condensadores

t

t

3. Drenaje, limpieza y tratamiento del circuito de torres de refrigeración

t

2 t

4. Comprobación de la estanquidad y niveles de refrigerante y aceite en equipos frigoríficos

t

m

5. Comprobación y limpieza, si procede, de circuito de humos de calderas

t

2 t

6. Comprobación y limpieza, si procede, de conductos de humos y chimenea

t

2 t

7. Limpieza del quemador de la caldera

t

m

8. Revisión del vaso de expansión

t

m

9. Revisión de los sistemas de tratamiento de agua

t

m

10. Comprobación de material refractario

.

2 t

11. Comprobación de estanquidad de cierre entre quemador y caldera

t

m

12. Revisión general de calderas de gas

t

t

13. Revisión general de calderas de gasóleo

t

t

14. Comprobación de niveles de agua en circuitos

t

m

15. Comprobación de estanquidad de circuitos de tuberías

.

t

16. Comprobación de estanquidad de válvulas de interceptación

.

2 t

17. Comprobación de tarado de elementos de seguridad

.

m

18. Revisión y limpieza de filtros de agua

.

2 t

19. Revisión y limpieza de filtros de aire

t

m

20. Revisión de baterías de intercambio térmico

.

t

21. Revisión de aparatos de humectación y enfriamiento evaporativo

t

m

22. Revisión y limpieza de aparatos de recuperación de calor

t

2 t

23. Revisión de unidades terminales agua-aire

t

2 t

24. Revisión de unidades terminales de distribución de aire

t

2 t

25. Revisión y limpieza de unidades de impulsión y retorno de aire

t

t

26. Revisión de equipos autónomos

t

2 t

27. Revisión de bombas y ventiladores

.

m

28. Revisión del sistema de preparación de agua caliente sanitaria

t

m

29. Revisión del estado del aislamiento térmico

t

t

30. Revisión del sistema de control automático

t

2 t

31. Revisión de aparatos exclusivos para la producción de agua caliente sanitaria de potencia térmica nominal 24,4 kW

4a

-

32. Instalación de energía solar térmica

*

*

33. Comprobación del estado de almacenamiento del biocombustible sólido

s

s

34. Apertura y cierre del contenedor plegable en instalaciones de biocombustible sólido

2t

2t

35. Limpieza y retirada de cenizas en instalaciones de biocombustible sólido

m

m

36. Control visual de la caldera de biomasa

s

s

37. Comprobación y limpieza, si procede, de circuito de humos de calderas y conductos de humos y chimeneas en calderas de biomasa.

t

m

38. Revisión de los elementos de seguridad en instalaciones de biomasa

m

m

S: una vez cada semana

m: una vez al mes; la primera al inicio de la temporada.

t: una vez por temporada (año).

2 t: dos veces por temporada (año); una al inicio de la misma y otra a la mitad del período de uso, siempre que haya una diferencia mínima de dos meses entre ambas.

4a: cada cuatro años.

*: cada cuatro años.

El mantenimiento de estas instalaciones se realizará de acuerdo con lo establecido en la Sección HE4 Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria del Código Técnico de la Edificación.

osiris2

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IT 3.3. PROGRAMA DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO.

1. Las instalaciones térmicas se mantendrán de acuerdo con las operaciones y periodicidades contenidas en el programa de mantenimiento preventivo establecido en el Manual de Uso y Mantenimiento que serán, al menos, las indicadas en la tabla 3.1 de esta instrucción para instalaciones de potencia térmica nominal menor o igual que 70 kW o

2. Es responsabilidad del mantenedor autorizado o del director de mantenimiento, cuando la participación de este último sea preceptiva, la actualización y adecuación permanente de las mismas a las características técnicas de la instalación.

Tabla 3.1. Operaciones de mantenimiento preventivo y su periodicidad.

Operación

Periodicidad

70kW

>70kW

1. Limpieza de los evaporadores

t

t

2. Limpieza de los condensadores

t

t

3. Drenaje, limpieza y tratamiento del circuito de torres de refrigeración

t

2 t

4. Comprobación de la estanquidad y niveles de refrigerante y aceite en equipos frigoríficos

t

m

5. Comprobación y limpieza, si procede, de circuito de humos de calderas

t

2 t

6. Comprobación y limpieza, si procede, de conductos de humos y chimenea

t

2 t

7. Limpieza del quemador de la caldera

t

m

8. Revisión del vaso de expansión

t

m

9. Revisión de los sistemas de tratamiento de agua

t

m

10. Comprobación de material refractario

.

2 t

11. Comprobación de estanquidad de cierre entre quemador y caldera

t

m

12. Revisión general de calderas de gas

t

t

13. Revisión general de calderas de gasóleo

t

t

14. Comprobación de niveles de agua en circuitos

t

m

15. Comprobación de estanquidad de circuitos de tuberías

.

t

16. Comprobación de estanquidad de válvulas de interceptación

.

2 t

17. Comprobación de tarado de elementos de seguridad

.

m

18. Revisión y limpieza de filtros de agua

.

2 t

19. Revisión y limpieza de filtros de aire

t

m

20. Revisión de baterías de intercambio térmico

.

t

21. Revisión de aparatos de humectación y enfriamiento evaporativo

t

m

22. Revisión y limpieza de aparatos de recuperación de calor

t

2 t

23. Revisión de unidades terminales agua-aire

t

2 t

24. Revisión de unidades terminales de distribución de aire

t

2 t

25. Revisión y limpieza de unidades de impulsión y retorno de aire

t

t

26. Revisión de equipos autónomos

t

2 t

27. Revisión de bombas y ventiladores

.

m

28. Revisión del sistema de preparación de agua caliente sanitaria

t

m

29. Revisión del estado del aislamiento térmico

t

t

30. Revisión del sistema de control automático

t

2 t

31. Revisión de aparatos exclusivos para la producción de agua caliente sanitaria de potencia térmica nominal 24,4 kW

4a

-

32. Instalación de energía solar térmica

*

*

33. Comprobación del estado de almacenamiento del biocombustible sólido

s

s

34. Apertura y cierre del contenedor plegable en instalaciones de biocombustible sólido

2t

2t

35. Limpieza y retirada de cenizas en instalaciones de biocombustible sólido

m

m

36. Control visual de la caldera de biomasa

s

s

37. Comprobación y limpieza, si procede, de circuito de humos de calderas y conductos de humos y chimeneas en calderas de biomasa.

t

m

38. Revisión de los elementos de seguridad en instalaciones de biomasa

m

m

S: una vez cada semana

m: una vez al mes; la primera al inicio de la temporada.

t: una vez por temporada (año).

2 t: dos veces por temporada (año); una al inicio de la misma y otra a la mitad del período de uso, siempre que haya una diferencia mínima de dos meses entre ambas.

4a: cada cuatro años.

*: cada cuatro años.

El mantenimiento de estas instalaciones se realizará de acuerdo con lo establecido en la Sección HE4 Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria del Código Técnico de la Edificación.

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IT 3.3. PROGRAMA DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO.

1. Las instalaciones térmicas se mantendrán de acuerdo con las operaciones y periodicidades contenidas en el programa de mantenimiento preventivo establecido en el Manual de Uso y Mantenimiento que serán, al menos, las indicadas en la tabla 3.1 de esta instrucción para instalaciones de potencia térmica nominal menor o igual que 70 kW o

2. Es responsabilidad del mantenedor autorizado o del director de mantenimiento, cuando la participación de este último sea preceptiva, la actualización y adecuación permanente de las mismas a las características técnicas de la instalación.

Tabla 3.1. Operaciones de mantenimiento preventivo y su periodicidad.

Operación

Periodicidad

70kW

>70kW

1. Limpieza de los evaporadores

t

t

2. Limpieza de los condensadores

t

t

3. Drenaje, limpieza y tratamiento del circuito de torres de refrigeración

t

2 t

4. Comprobación de la estanquidad y niveles de refrigerante y aceite en equipos frigoríficos

t

m

5. Comprobación y limpieza, si procede, de circuito de humos de calderas

t

2 t

6. Comprobación y limpieza, si procede, de conductos de humos y chimenea

t

2 t

7. Limpieza del quemador de la caldera

t

m

8. Revisión del vaso de expansión

t

m

9. Revisión de los sistemas de tratamiento de agua

t

m

10. Comprobación de material refractario

.

2 t

11. Comprobación de estanquidad de cierre entre quemador y caldera

t

m

12. Revisión general de calderas de gas

t

t

13. Revisión general de calderas de gasóleo

t

t

14. Comprobación de niveles de agua en circuitos

t

m

15. Comprobación de estanquidad de circuitos de tuberías

.

t

16. Comprobación de estanquidad de válvulas de interceptación

.

2 t

17. Comprobación de tarado de elementos de seguridad

.

m

18. Revisión y limpieza de filtros de agua

.

2 t

19. Revisión y limpieza de filtros de aire

t

m

20. Revisión de baterías de intercambio térmico

.

t

21. Revisión de aparatos de humectación y enfriamiento evaporativo

t

m

22. Revisión y limpieza de aparatos de recuperación de calor

t

2 t

23. Revisión de unidades terminales agua-aire

t

2 t

24. Revisión de unidades terminales de distribución de aire

t

2 t

25. Revisión y limpieza de unidades de impulsión y retorno de aire

t

t

26. Revisión de equipos autónomos

t

2 t

27. Revisión de bombas y ventiladores

.

m

28. Revisión del sistema de preparación de agua caliente sanitaria

t

m

29. Revisión del estado del aislamiento térmico

t

t

30. Revisión del sistema de control automático

t

2 t

31. Revisión de aparatos exclusivos para la producción de agua caliente sanitaria de potencia térmica nominal 24,4 kW

4a

-

32. Instalación de energía solar térmica

*

*

33. Comprobación del estado de almacenamiento del biocombustible sólido

s

s

34. Apertura y cierre del contenedor plegable en instalaciones de biocombustible sólido

2t

2t

35. Limpieza y retirada de cenizas en instalaciones de biocombustible sólido

m

m

36. Control visual de la caldera de biomasa

s

s

37. Comprobación y limpieza, si procede, de circuito de humos de calderas y conductos de humos y chimeneas en calderas de biomasa.

t

m

38. Revisión de los elementos de seguridad en instalaciones de biomasa

m

m

S: una vez cada semana

m: una vez al mes; la primera al inicio de la temporada.

t: una vez por temporada (año).

2 t: dos veces por temporada (año); una al inicio de la misma y otra a la mitad del período de uso, siempre que haya una diferencia mínima de dos meses entre ambas.

4a: cada cuatro años.

*: cada cuatro años.

El mantenimiento de estas instalaciones se realizará de acuerdo con lo establecido en la Sección HE4 Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria del Código Técnico de la Edificación.

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» Fecha: 09/05/2008 21:43:03

IT 3.3. PROGRAMA DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO.

1. Las instalaciones térmicas se mantendrán de acuerdo con las operaciones y periodicidades contenidas en el programa de mantenimiento preventivo establecido en el Manual de Uso y Mantenimiento que serán, al menos, las indicadas en la tabla 3.1 de esta instrucción para instalaciones de potencia térmica nominal menor o igual que 70 kW o

2. Es responsabilidad del mantenedor autorizado o del director de mantenimiento, cuando la participación de este último sea preceptiva, la actualización y adecuación permanente de las mismas a las características técnicas de la instalación.

Tabla 3.1. Operaciones de mantenimiento preventivo y su periodicidad.

Operación

Periodicidad

70kW

>70kW

1. Limpieza de los evaporadores

t

t

2. Limpieza de los condensadores

t

t

3. Drenaje, limpieza y tratamiento del circuito de torres de refrigeración

t

2 t

4. Comprobación de la estanquidad y niveles de refrigerante y aceite en equipos frigoríficos

t

m

5. Comprobación y limpieza, si procede, de circuito de humos de calderas

t

2 t

6. Comprobación y limpieza, si procede, de conductos de humos y chimenea

t

2 t

7. Limpieza del quemador de la caldera

t

m

8. Revisión del vaso de expansión

t

m

9. Revisión de los sistemas de tratamiento de agua

t

m

10. Comprobación de material refractario

.

2 t

11. Comprobación de estanquidad de cierre entre quemador y caldera

t

m

12. Revisión general de calderas de gas

t

t

13. Revisión general de calderas de gasóleo

t

t

14. Comprobación de niveles de agua en circuitos

t

m

15. Comprobación de estanquidad de circuitos de tuberías

.

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16. Comprobación de estanquidad de válvulas de interceptación

.

2 t

17. Comprobación de tarado de elementos de seguridad

.

m

18. Revisión y limpieza de filtros de agua

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