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chema

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» Vivo en Dato no disponible y tengo 49 años

» Fecha: 07/11/2003 20:46

exencion reinversion vivienda habitual

Nº de respuestas: 2 - Nº de lecturas: 598

el plazo para exencion porreinversion vivienda habitual son 2 años¿es necsaria que la casa este finalizada al final de esos 2 años o basta con invertir el importe de la venta? hay jurisprudencia?
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abantos

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» Fecha: 25/11/2003 00:14:06
) Tanto la transmisión como la nueva adquisición ha de ser de la vivienda habitual, entendiéndose por ésta la edificación que constituya la residencia del contribuyente durante un plazo continuado de, al menos, tres años (salvo cuando, a pesar de no haber transcurrido dicho plazo, concurran circunstancias que necesariamente exijan el cambio de domicilio). A estos efectos, se asimilan a la adquisición de vivienda los supuestos de rehabilitación En los términos previstos en el art. 52.5 del Reglamento del IRPF. 2) Se ha de reinvertir el importe total obtenido en la transmisión de la vivienda habitual. En el caso de que el importe de la reinversión fuese inferior al total obtenido de la enajenación, sólo se excluirá de gravamen la parte proporcional de la ganancia patrimonial que corresponda a la cantidad efectivamente invertida. 3) El plazo para reinvertir no podrá ser superior a dos años contados a partir de o antes de la enajenación (es decir, se puede adquirir primero la nuev

abantos

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» Fecha: 25/11/2003 00:17:21
habitual y después, en los 2 años siguientes, transmitir la anterior, siempre que la cantidad percibida por ésta se destine a satisfacer el precio de aquélla). Se entenderá que la reinversión no se efectúa fuera de plazo cuando la venta se hubiese efectuado a plazos o con precio aplazado, siempre que el importe de los plazos se destine a la finalidad indicada dentro del periodo impositivo en que se vayan percibiendo. Ha de constar en la declaración del IRPF la intención de reinvertir cuando la reinversión no se realice en el mismo año de la enajenación.
 
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