Firmar la escritura sin la cédula de habitabilidad
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Acabo de recibir carta de la promotora informándome que ya tienen el fin de obra por lo que ya podemos/debemos firmar la escritura. Me temo que aun les falta la cédula de habitabilidad y licencia de primera ocupación. ¿Qué peligro corro firmando en estas condiciones? ¿Estoy obligada a firmar? No se qué hacer, puesto que la vivienda ya lleva 3 meses de retraso y queremos mudarnos cuanto antes pero no a cualquier precio. Tengo miedo de firmar sin tener la cédula y luego tener problemas para conseguirla. ¿Alguien puede aconsejarme???
yo firme las escrituras de mi casa el año pasado, y una vez firmados todos los documentos pertinentes ante el notario, nos comunicaron que no tenian la cedula de habitabilidad. De haberlo sabido con anterioridad no hubiera firmado, pero como a la promotora le corria prisa el recoger el dinero de los propietarios no nos informaron hasta que ya habíamos firmado...
Esto implico que tras la firma y entrega de llaves, estuvimos un mes aproximadamente sin luz, ni gas ya que no podiamos contratarlo por no tener dicha cedula.
Yo en una situación parecida a la tuya no he firmado. Tengo asesoramiento legal y efectivamente puedes tener problemas al dar de alta los servicios de luz y gas... Pero no sólo eso, el ayuntamiento, sin esos permisos ,te podría echar de tu casa si quisiera...
Puedes fimar, aunque también te puedes negar y no pueden obligarte.
Si no te urge mucho mi consejo es que espere, nunca se sabe....
Es mas habitual de lo q parece firmar sin cedula de habitabilidad, no es obligatorio, pero en la escritura tiene q constar, en la escritura el notario pone q firmas sin cedula y estas de acuerdo, a parte de ponerlo a la hora de leer la escritura tiene q hacer incapie en ese punto especialmete, mucha gente entra a firmar y mientras lee el notario esta pensando en la mona pascua y de eso se aprovechan mucho, lo leen rapido se saltan puntos y ale firme aqui y listo.
Exigir q se os leean las escrituras enteras y poco a poco q hay mucho listo suelto y es su obligacion hacerlo.
Sobre lo de q hacer eso es cosa tuya, mira bien como esta la casa y si ves q no habra problemas para q te den la cedula pues nada..... firma pero si hay muchos defectos me lo pensaria pq luego se puede retrasar bastante. te aconsejaria q te informases en iberdrola, agua etc etc en el ayuntamiento por si hubiese alguna traba adminsitrativa etc etc
ten cuidado que para darte de alta de luz agua y gas necesitas la cedula..si firmas y el promotor "pilla" la pasta olvidate de que agilice los trámites para daros la cédula, tendréis el piso, la hipoteca, etc...pero no os podréis mudar porque no tendréis los servicios básicos, buscaos un buen abogado y que os asesore o que vaya el dia d el a firma y exija al promotor YA la cedula...suerte!
Nosotro compramos la casa sin licencia de primera ocupación y nos dimos de alta de luz y demas sin ningun problema, la vivienda que compramos de segunda residencia no nos la entregaban sin celula de primera ocupación, te quiero hacer entender que depende de comunidad y de año de compra. Por otro lado no te tasan la vivienda si no esta a un 90% d construcción y eso es para todo españolito incluida zona comun .
Este foro es alucinante, he querido participarpues cada vez que leo algo me sorprendo mas.
El que quiera firmar sin tener la cedula de habitabilidad que lo haga, vivimos en un país libre.
Supongo que mientras el ayuntamiento de esa localidad no revise las viviendas y no entregará ninguna cedula de habitabilidad o primera ocupación.
Conozco un caso en el que el constructor una ver firmadas todas las escrituras se desentendió de la obligación de poner un transformador de luz y dejó a todos los vecinos con luz de obra. La compañía eléctrica les corto la luz por vivir en situación ilegal. Al final los vecinos tuvieron que comprar un terreno y donarlo gratuitamente a la compañía eléctrica para que esta hiciera un transformador.
Aquí hay personas que dicen que no pasará nada si firmáis las escrituras sin tener esos documentos, que son documentos que no son obligatorios , desde luego en internet se opina gratuitamente de todo y se quedan tan panchos, esto es la repanocha.
La cedula de primera ocupacion ya te garantiza que la vivienda es habitable, es el paso previo a la cedula de habitabilidad.
Es sencillo de entender, si firmas algo sin la cedula de habitabilidad o bien sin la licencia de primera ocupacion, estas firmando algo que aun no es habitable.
"Aquí hay personas que dicen que no pasará nada si firmáis las escrituras sin tener esos documentos, que son documentos que no son obligatorios , desde luego en internet se opina gratuitamente de todo y se quedan tan panchos, esto es la repanocha. "
y tan gratuitamente, te guste a ti o no, no es obligatorio, y ahora rasgate las vestiduras si quierespero antes leete la ley.
saludos,
P.D y q no se malinterprete ni de coña firmaria yosin la cedula, pero hablamos de si es legal o no firmar sin cedula, si se puedeo si es obligatorio para firmar la escritura.
segun donde compres no les obliga a tener la celula, y segun la fecha de entrega tienes la obligación de firmar, en mi caso retrasamos la entrega por no tener el 90% d la vivienda acabada, pero eso solo depende del tasador.
a ver la ley solo obliga a firmar con el acta final de obra hecho, lo de la cedula no es obligatorio, eso no significa q el q compra no tenga derecho a exigirla y a negarse a firmar si quiere, pero si quiere puede firmar sin problemas y es ahi donde entra ya la opcion de cada uno de arriesgarse a firmar o no.
A ver, la cedula de habitabilidad nos da la garantia de que la vivienda es habitable, si no nos podrian vender solo los cimientos de la casa, lo cual no quiere dedir que la vivienda sea habitable.
Yo no se vosotros, pero la gente normalmetne compra una vivienda, una vivienda es un edificio habitable, y para ello hace falta la cedula de habitabilidad, o bien la licencia de primera ocupacion, lo cual nos garantiza que la vivienda esta acabada, con todos lo servicios y que es habitable, es asi de sencillo.
la cedula es un derecho no una obligacion, el comprador tiene derecho a q no se firme sin la cedula, pero no es una obligacion pq el comprador puede renunciar a ella, es decir, el q tiene q renunciar a firmar sin la cedula es el comprador.
Una obligacion significa q quieras tu o no, quiera el vendedor o no tiene q estar por ejemplo el acta de final de obra sino no se puede firmar, eso es una obligacion, eso es un paso obligatorio.
La cedula es un derecho y el comprador puede renunciar a el y firmar, la consecuencias de renunciar van desde nada a un marron, ahi esta el riesgo q asume el comprador q asi lo dice en su ecritura q esta avisado de q no tiene la cedula y lo acepta.
yo como dice itsano lo miraria muy bien antes de aceptar eso y no hay mejor sitio donde plantarte y exigir explicaciones q justo en la firma delante del notario, con el banco el promotor etc etc
"Cuanto pirata y cuanto rico de clase baja hay en la construcción".
En efecto y segun he leido, aqui en el foro ya se dijo la catadura moral que tienen algunos constructores. Sobre todo del que hablamos que, segun algunos la urbanizacion Monte Cid esta que da pena.
Pero claro, por lo visto mientras aqui algunos salgan bien parados o quieran convencernos de "lo felices que son" los de Monte Cid que se apañen. Así va este país.
Durante la firma de la escritura, es posible que no sea obligatorio presentar la cedula de habitabilidad, pero sin ella, te pongas como te pongas no contratas el agua y la luz. En la compañía de aguas, al menos en mi comunidad autónoma, no vale para nada un papel del constructor, solo valen los documentos ofíciales, que para eso están. Por lo tanto, aquello que lo tendría que haber llevado el constructor a la firma y, como no es obligatorio la gente pasa, tendrán que pagarla ellos de su bolsillo si quieren tener luz, agua y gas.
Hola! Yo vendí un piso hace poco y en la notaría me dijeron bién clarito que sin la cedula de habitabilidad no se firmaba (tuve que ir a por un duplicado pq cuando nosotros compramos hace tres años no la pidieron).
Nos explicó la propia notaria que siempre ha sido obligatorio firmar con la cédula de habitabilidad pero que hasta Abril de este año no se ha puesto la cosa "sí o sí". Antes se podía hacer la vista gorda pero con la nueva ley, sin la cédula no se puede escriturar (a no ser que el notario tenga chanchullos con el promotor y se la quiera jugar).
Almenos eso es lo que me pasó a mi hace un mes....
aloha q echen a ese notario (es broma), no quiero ir de enterao, pero el notario hace lo q marca la ley y la ley marca q no es obligatorio pero el q tiene q renunciar a ello es el comprador, e igual q tu pones un ejemplo, te pondre yo otro, este mes se ha echo una promocion sin cedula de habitabilidad de echo las viviendas tienen mazo de defectos pero la constructora esta casi en suspension de pagos y los compradores han aceptado renunciar a la cedula para poder comprar el piso y registrarlo a su nombre ( preferian eso q no comprar suspension d epagos y luchar para q les devuelvan la pasta puesta) y asi se ha hecho, se ha pagado hacienda y registrado y si no fuese legal no se habria podido hacer.
Lo q tu me dices puede q haya sido q el comprador se negaba a comprar sin cedula pero vamos a lo mismo es un derecho del comprador no una obligacion.