Firmar la escritura sin la cédula de habitabilidad
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Acabo de recibir carta de la promotora informándome que ya tienen el fin de obra por lo que ya podemos/debemos firmar la escritura. Me temo que aun les falta la cédula de habitabilidad y licencia de primera ocupación. ¿Qué peligro corro firmando en estas condiciones? ¿Estoy obligada a firmar? No se qué hacer, puesto que la vivienda ya lleva 3 meses de retraso y queremos mudarnos cuanto antes pero no a cualquier precio. Tengo miedo de firmar sin tener la cédula y luego tener problemas para conseguirla. ¿Alguien puede aconsejarme???
Hola 12laura, yo tambien soy de valencia y en concreto em he cogido un duplex en mirablau,naquera, hoyme han concedido la hipoteca y me urge entrar a vivir...pero av a ser sin cedula pq aqui en la zona iberdrola va fatal con el tema de los transformadores...llamamos a iberd para confirmar y traquilizarnos y efectivamente ya esta en tramite nuestro trasnformador pedido por nuestro promotor.....yo voy a entrar,ya te contaré!
yo firme el año pasado, y me la dieron sin cedula de habitabilidad, pero no tuve ningun problema, el mismo dia de la firma de alta tanto la luz como el agua, y al cabo de los 2 meses o asi vinieron del ayuntamiento a visitar mi casa para darme la licencia, y a mi me lo dieron asi porque lo firme en el contrato, inconscientemente claro. Aun asi te aconsejaria que lo arreglaras antes. aunque supongo que si ya has entregado dinero, te arriesgas a perder aunque sea parte, no? un saludo
En mi contrato privado pone que la escritura de compraventa se realizará en la fecha que la vendedora fije para la firma , una vez obtenido el certificado de fin de obra y después de haber sido solicitada la licencia de primera utilización.
Y conforme a éllo me requiere para realizar las escrituras. He ido al ayuntamiento y la licencia está solicitada pero no concedida.
¿puedo negarme a firmar las escrituras a pesar de haber aceptado en el contrato privado que el requesito es la solicitud de la licencia y no su concesión?
sobre lo de si el banco te da el dinero sin licencia pues.......... ultimamente lo miran mas, incluso diria q hay ciertas peleas en eso, hay bancos q si aceptan y otros q presionan y se niegan a darte la pasta sin ellas, y eso hace q al final el q realmente tiene q decidirlo y es el unico q puede renunciar al derecho se vea presionado por un lado por el promotor y por otro lado el banco y al final te joden hagas lo q hagas.
consejo no firmes sin licencia salvo en ciertos casos extremos.
Acta fin de obra y licencia de primera ocupacion no son lo mismo:
Acta fin de obra, es un documento que lleva el certificado fin de obra y el seguro decenal, lo hace el promotor tiene que ser inscrita en el registro. Se hace cuando la obra esta terminada, esto no significa que lista para habitar. El promotor cumpliendo la ley tiene que contratar este seguro por diez años.
Licencia de primera ocupación; para solicitarla hay que presentar entre otros documentos el certificado de fin de obra.
Si firmas sin Licencia de primera ocupación, en la escritura seguramente te pondra que es bajo tu responsabilidad, yo no lo haría, infórmate porque puede que no puedas contratar los suministros, y que el promotor pase del tema porque tu ya le has dado el dinero.
por otra parte, te da el banco el dinero sin tener la licencia?, mira si te citan a escriturar yo exigiria la licencia y si no te la dan levantaría un acta explicando que no firmas por este motivo, tampoco esta de mas que vayas al ayuntamiento en cuestion que es el que concede la licencia a informarte de que problemas tiene la obra para no tener licencia.
Ten en cuenta que la licencia de primera ocupacion (es lo mismo que la cedula de habitabilidad) certifica que la obra es acorde con el proyecto que figura en el ayuntamiento. De manera que mientras el promotor no la tenga la obra no es totalmente legal. No es que simplemente no puedas contratar luz o agua, es que si firmas la escritura sin ceduda (tu y el resto de compradores) el promotor ya no tendrá ninguna motivacion para seguir en el asunto y si el ayuntamiento ve que falta una alcantarilla, o el acerado o el transformador o las farolas de la calle, simplemente no va a dar licencia hasta que se ponga por quien sea. Y no será el promotor quien lo haga porque ya cobró todo y no tiene nada que ganar. No tienes la obligacion legal de firmar sin cedula o licencia de primera ocupacion. Ojo si el promotor te cita oficialmente (por notario o burofax) a firmar a Notaria, puedes requerirle tambien por burofax o notaria para negarte por no tener licencia. Suerte y saludos.
Como en todo, hay que tener sentido común. Si algo no me demuestran que funciona bien, no me lo compro. Necesito una garantía, ¿no? Pues la cédula de habitabilidad es eso.
Yo no se si es legal o no, lo que tengo claro es que un piso sin celula de habitabilidad, es como un coche que no puede circular... alguien se lo compraría??? Seguro que no es ilegal pero poca gente se la jugaría
Eso si mi consejo es que hables con un abogado para que te asesore como decirle a la constructora que sin ese papelito tu no firmas (que en estas cosas las constructoras son muy inteligentes y aun tendremos un disgusto)
Pues si que me informaron mal Transilvania!!! Pq me llamaron un día antes de la escritura y tuve que ir a por un duplicado en dos horas pq si no, no se firmaba. Así de claritos fueron conmigo..... Y imagínate, tal y como está el patio....
y perdona q te contradiga tb en otra cosa es ahora , a partir de abril o febrero da igual cuando mas pisos sin cedula se estan vendiendo por las prisas de las promotoras, las necesidades de dinero y el miedo de los compradores a perder su pasta dada.
aloha q echen a ese notario (es broma), no quiero ir de enterao, pero el notario hace lo q marca la ley y la ley marca q no es obligatorio pero el q tiene q renunciar a ello es el comprador, e igual q tu pones un ejemplo, te pondre yo otro, este mes se ha echo una promocion sin cedula de habitabilidad de echo las viviendas tienen mazo de defectos pero la constructora esta casi en suspension de pagos y los compradores han aceptado renunciar a la cedula para poder comprar el piso y registrarlo a su nombre ( preferian eso q no comprar suspension d epagos y luchar para q les devuelvan la pasta puesta) y asi se ha hecho, se ha pagado hacienda y registrado y si no fuese legal no se habria podido hacer.
Lo q tu me dices puede q haya sido q el comprador se negaba a comprar sin cedula pero vamos a lo mismo es un derecho del comprador no una obligacion.
Hola! Yo vendí un piso hace poco y en la notaría me dijeron bién clarito que sin la cedula de habitabilidad no se firmaba (tuve que ir a por un duplicado pq cuando nosotros compramos hace tres años no la pidieron).
Nos explicó la propia notaria que siempre ha sido obligatorio firmar con la cédula de habitabilidad pero que hasta Abril de este año no se ha puesto la cosa "sí o sí". Antes se podía hacer la vista gorda pero con la nueva ley, sin la cédula no se puede escriturar (a no ser que el notario tenga chanchullos con el promotor y se la quiera jugar).
Almenos eso es lo que me pasó a mi hace un mes....
"Cuanto pirata y cuanto rico de clase baja hay en la construcción".
En efecto y segun he leido, aqui en el foro ya se dijo la catadura moral que tienen algunos constructores. Sobre todo del que hablamos que, segun algunos la urbanizacion Monte Cid esta que da pena.
Pero claro, por lo visto mientras aqui algunos salgan bien parados o quieran convencernos de "lo felices que son" los de Monte Cid que se apañen. Así va este país.
Durante la firma de la escritura, es posible que no sea obligatorio presentar la cedula de habitabilidad, pero sin ella, te pongas como te pongas no contratas el agua y la luz. En la compañía de aguas, al menos en mi comunidad autónoma, no vale para nada un papel del constructor, solo valen los documentos ofíciales, que para eso están. Por lo tanto, aquello que lo tendría que haber llevado el constructor a la firma y, como no es obligatorio la gente pasa, tendrán que pagarla ellos de su bolsillo si quieren tener luz, agua y gas.
la cedula es un derecho no una obligacion, el comprador tiene derecho a q no se firme sin la cedula, pero no es una obligacion pq el comprador puede renunciar a ella, es decir, el q tiene q renunciar a firmar sin la cedula es el comprador.
Una obligacion significa q quieras tu o no, quiera el vendedor o no tiene q estar por ejemplo el acta de final de obra sino no se puede firmar, eso es una obligacion, eso es un paso obligatorio.
La cedula es un derecho y el comprador puede renunciar a el y firmar, la consecuencias de renunciar van desde nada a un marron, ahi esta el riesgo q asume el comprador q asi lo dice en su ecritura q esta avisado de q no tiene la cedula y lo acepta.
yo como dice itsano lo miraria muy bien antes de aceptar eso y no hay mejor sitio donde plantarte y exigir explicaciones q justo en la firma delante del notario, con el banco el promotor etc etc
A ver, la cedula de habitabilidad nos da la garantia de que la vivienda es habitable, si no nos podrian vender solo los cimientos de la casa, lo cual no quiere dedir que la vivienda sea habitable.
Yo no se vosotros, pero la gente normalmetne compra una vivienda, una vivienda es un edificio habitable, y para ello hace falta la cedula de habitabilidad, o bien la licencia de primera ocupacion, lo cual nos garantiza que la vivienda esta acabada, con todos lo servicios y que es habitable, es asi de sencillo.
a ver la ley solo obliga a firmar con el acta final de obra hecho, lo de la cedula no es obligatorio, eso no significa q el q compra no tenga derecho a exigirla y a negarse a firmar si quiere, pero si quiere puede firmar sin problemas y es ahi donde entra ya la opcion de cada uno de arriesgarse a firmar o no.
segun donde compres no les obliga a tener la celula, y segun la fecha de entrega tienes la obligación de firmar, en mi caso retrasamos la entrega por no tener el 90% d la vivienda acabada, pero eso solo depende del tasador.