Hola a todos.
No vivo en Moente y Mar , pero estoy preocupado por todo los problemas que tenéis. Yo compré en Camposol del Grupo Masa en El Saladillo Murcia y dentro de un par de meses seguramente me entregasran la vivienda. Por lo que me viene bien leer estra foro para informarme y aportar en lo que pueda mi granito de arena en lo que se .
Para empecer os recomiendo una página web muy interesante que es:
httt:// pulsa_aquí .
En esta se puede leer que el promotor está obligado a facilitar a los compradores los siguientes documentos.
_ copias de las autorizaciones y licencias legalmente exigidas para la construcción y ocupación de las vvdas., como licencia de obra, edificación, Cédula de Habitabilidad ( No es de aplicación en la Comunidad Autónoma de Castilla -La Mancha entre otros, El Decreto 469/1972, de 24 de febrero, del Ministerio de la Vvda sobre expedición de la cédula de hanbitabilidad) . En esta Comunidad se suplime ña cédula de Habitabilidad como documento necesario parea reconocer la aptitud de un inmueble para ser destinado a vvda., asi como el trámite de informe previo de habitabilidad de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Política Territorial para la obtención de Licencias de obra, uso u ocupación de inmuebles destinados a vvda.¿Es de aplicación en las Comunidades de Murcia y Alicante? ¿Habéis preguntado si es o no obligatorio esta Cédula de Habitabilidad en estas Comunidades?.
En cuanto al seguro decenal , el comprador debe saber que si no se han contratado este seguro, no sea utorizará la Declaración de obra Nueva por el Notario, ni se podrá inscribir la nueva vivienda en el Registro de La Propiedad.
Entiendo que todas las viviendas Escrituradas ante Notario, la tienen . si no no se hubiertan inscrito en el registro. A la hora de Escriturar exigir a la Promotora una copia, es conveniente por tanto en el caso de compra de vvda nueva, que el comprador solicite al Notario que compruebe la situación registral de la finca, pudiendo hacerlo verbalmente o por escrito. Es habitual y casi obligado que el Notario solicite al Registro de la Propiedad donde se haya inscrita la vvda el mismo día que se va a firmar la escritura, una Nota Informativa para verificar el estado de la vivienda y si existe alguna carga sobre la misma.
ALTA O CAMBIO DE NOMBRE EN LOS SUMINISTROS , AGUA, LUZ, GAS , TELÉFONO, se necesita.
DNI, NOMBRE Y APELLIDOS.
UAN COPIA DE LA ESCRITURA DE LA PROPIEDAD
LA CEDULA DE HABITABILIDAD O LICENCIA DE PRIMERA OCUPACIÓN. eN CASTILLA LA MANCHA NO ES NECESARIA LICENCIA DE HAITABILIDAD.
BOLETIN DE INSTALACIONES
Las Empresas suministradoras de energía electrica, agua, luz, gas y telecomunicaciones exigirán para la contratación definitiva de los respectivos servicios la acreditación de la licencia de primera ocupación y de actividad, en su caso para la prestación del servicio. Pra su contratación provisional se exigirá la acreditación de licencia urbanística, fijándose como plazo máximo de duración de dichos contratos el establecido en la licencia para la ejecución de las obras.
Luego si existe luz, agua, aunque sea de obra, pregunto: ¿O tienen Licencia de primera ocupación o están estas compañías incumpliendo la Ley?
Preguntas:
Alos que estais en Monte Cid Y Montey Masa y que hayan escriturado, lo siguiente.
¿Teneis Luz de Obra o Luz contratada por vosotros directamente con la Compañía.?
¿Tenéis carteles de como se llaman vuestras calles, en cada una de las calles?
¿Tenéis alguien, copia de de las Licencias y Seguros mencionados, y de los avales bancarios?
¿Sabéis de que algunas viviendas se hayan vendido o si han tenido algún problema al registrar su venta?........etc.
Para los de Murcia El Saladillo, la Ley de 1/2001 de 24 de abril del suelo de la Región de Murcia os puede ayudar en estos temas