necesito consejo
Nº de respuestas: 3 - Nº de lecturas: 339
Hola, acabo de ver un piso en alquiler que me gusta mucho, y el propietario, como reserva del mismo hasta que lo desocupe el inquilino actual, me ha redactado una especie de pre-contrato. El caso es que hay un par de cosas que no acabo de entender y me gustaria que alguien más enterado me asesorase:
Clausula 3ª.- La renta libremente pactada que acuerdan ambas partes sufrirá revisión automatica cada año, conforme a lo reflejado en el IPC o concepto que le substituya, fijado por el organismo que tenga esta competencia.Dicha actualización de la renta no precisará de la previa notificación a la que se refiere el articulo 101 de la vigente ley de arrendamientos urbanos, tambien dice que teniendo en cuenta el articulo 6º de la citada ley, los arrendatarios renuncian expresamente a cuanto, sobre caducidad de acciones de la propiedad les concede el articulo 106 de la misma ley, por lo que la parte arrendadora podrá instar la revision pactada en cualquier momento, siempre que sea posterior al vencimiento de cada periodo y a lo pacsado en la clausula tercera.
Otra cosa que no veo clara:
Clausula 17ª. ..... En el caso de que por razones familiares de ascendientes o descendientes en primer grado los propietarios necesitasen el piso, el inquilino se compromete a dejarlo libre despues de haber sido avisado con dos meses de anticipacion y sin derecho a ninguna indemnización.
¿Estas clausulas son correctas?
¿No tendría que esperar el propietario a que pasen los cinco años para pedir que abandone el piso, o puede hacerlo en cualquier momento?
Pêrdón por el rollazo,![]()
, y gracias por vuestras respuestas![]()
![]()
• 
