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Maat

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» Vivo en Valencia y tengo 37 años

» Fecha: 02/05/2008 11:23

Alguien sabe hacer renta?

Nº de respuestas: 17 - Nº de lecturas: 801

Mi pregunta es para desgrabarme la hipoteca en que apartado tengo que poner esa cantidad sólo en "inversión en vivienda habitual" o además de ahi la tengo que poner también en "compensación por adquisicion de vivienda habitual" Gracias por vuestra ayuda
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Maat

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» Fecha: 20/05/2008 11:51:25
Gracias Papito, creo que no diré nada, como tienes razón no tengo porqué conservar las facturas. Mejor así. Gracias por todo guapa.

PapitoPaulina40

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» Fecha: 20/05/2008 11:37:19

Maat, yo te aconsejaria que no dijeras en Hacienda nada de que ampliaste el crédito hipotecario en el 2002 para otras cosas. Tu manten sin mas que esa es la hipoteca que tienes y punto. Dar mas aclaraciones, cuando data del año 2002, lo único que conlleva es, que te compliquen la vida. Eso ahora, no te afectará y en un momento dado, si te dicen que tienes mas hipoteca que valor del piso, que no te lo van a decir y lo digo por experiencia,como mucho, di que era para obra general del piso que estaba en unas condiciones deplorables. Como se refiere al año 2002, no te pueden pedir facturas, porque ya no tienes obligación alguna de conservarlas por mas de 4 años.

Venga, suerte y que te devuelvan mucho dinerito. Tecontesto por estavia, porque veo quehay mucho enteraillo por ahí que mas que ayudar, confunden.

Un beso

Maat

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» Fecha: 20/05/2008 11:19:05

Graicas Papito, no llegaste tarde, tengo cita con hacienda este mismo viernes, ya que no me cuadraba lo que anteriormente escribiste. Además este año tengo que especificar que % d la hipoteca he destinado a la compra de la vivienda y, como en su dia, año 2002, rehipoteque por mayor valor al adeudado en la compra no tengo ni idea de como sacar ese %.

Yo compre la vivienda por 51.086,03 euros y la rehipoteque por 69.000 euros, con lo cual pedí 17.913,97 euros de más que no fueron para la vivienda, de ahí que tenga que ir a hacienda a que me digan que tanto por cien me tengo que desgrabar, yo pondría el 100% d la hipoteca pero igual luego....

Mil gracias, me vienes de perlas voy a poner otro post a ver si me puedes volver ayudar. gracias.

PapitoPaulina40

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» Fecha: 15/05/2008 00:49:04

Ammat, como no me gusta confundir a las personas, te aclaro que la nueva Ley de IRPF (Ley 35/2006, de 28 de noviembre). establece que la deducción por amortización del préstamo hipotecario destinado a la adquisición de vivienda habitual será equivalente al 10,05% d las cantidades satisfechas en el ejercicio, con el límite de 9.015 euros anuales de base para la deducción. Es decir, que si en el ejercicio paga más de 9.015 euros de préstamo hipotecario, como máximo se podrá deducir 906 euros en la cuota estatal. Si paga menos de 9.015 euros, se podrá deducir el 10,05% d la cantidad pagada.

Atendidos los datos que me has dado, debes cumplimentar ambos apartados, el de deducción normal y el de compensación y el motivo no es otro más que la nueva deducción para este ejercicio es inferior a la existente en los anteriores y a traves de la compensación, se hace la deducción como en años anteriores. El propio programa, al introducir los datos te lo calcula.

Espero no haber llegado tarde con esta información, pero si asi fuera y ya has presentado la renta, puedes hacerla de nuevo y dejar sin efecto la anterior a traves de un apartado que existe en el impreso.

No te di la información exacta y no me gusta quedar mal con nadie.

Un saludo

Recuerde que dichas determinaciones serán aplicables en la declaración de la renta del ejercicio 2007.


Transcribimos a continuación el art. 68.1 LIRPF, en el que se recoge la deducción:

PapitoPaulina40

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» Fecha: 06/05/2008 11:59:58
Esta ultima respuesta, es para Amatt

PapitoPaulina40

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» Fecha: 06/05/2008 11:59:29

si. Del resto, olvídate.

Un saludo,

Maat

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» Fecha: 06/05/2008 08:44:27
Papito mi vivienda es adquirida antes de 1998, concretamente en junio de 1997, entonces a ver que me aclare solo pongo las cantidades a desgrabar en "inversion en vivienda habitual" ¿no?

PapitoPaulina40

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» Fecha: 05/05/2008 12:21:38

Mat, por adquisicion de vivienda habitual, sólo cabe una deducción. La deducción por compensación por adquisición de vivienda, se refiere a contribuyentes que hubieran adquirido su vivienda habitual con anterioridad al 4 de mayo de 1998, entendiendo que se cumple este requisito exclusivamente cuando se haya adquirido jurídicamente la propiedad de la vivienda antes de dicha fecha esta compensación no resulta aplicable a las inversiones en rehabilitación, construcción o ampliación de la vivienda ni a las aportaciones a cuentas vivienda

Lógico, porque te estarias haciendo dos veces una deducción.

Espero haberte aclarado el asunto.

Un saludo,

Maat

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» Fecha: 05/05/2008 11:02:37

PapitoPaulina40, gracias por contestar, mira el problema lo tengo en lo siguiente.

Ya tengo instalado el programa Padre, pero este año en deduccion por adquisición de vivienda salen dos apartados:

Primero.- "inversión en vivienda habitual"

Segundo "compensación por adquisicion de vivienda habitual"

Mi pregunta es si debo poner las cantidades a desgrabar (intereses más capital) en los dos apartados o solo en uno, me da que es en los dos pero me gustaría ver si alguien la ha hecho ya como lo ha realizado.

Gracias por todo, un saludo.

PapitoPaulina40

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» Fecha: 03/05/2008 05:04:43

Hola. Me presento, soy Charo del foro de mascotas (papitopaulina40). Soy abogada y voy a tratar de daros algunas ideas sobre lo que preguntais. De momento, no existe norma alguna que regule el pago de los 400€ y todo lo que se oye, no deja de ser mas que eso, rumores. Esperemos a que salga y despues lo analizaremos. De momento, para este ejercicio nada de nada.

Con respecto a la deducción por adquisición de vivienda, si la declaración la haces en el programa padre - que te recomiendo - en el apartado deducción por adquisición de vivienda, te requiere todos los datos de lo que se ha pagado por capital e intereses, haciendo el programa directamente el cálculo, por lo que tu no te tienes que preocupar de mas. El programa lo puedes descargar en pulsa_aquí modelos y formularios y se descarga en tu ordenador. No es complicado, pero si lo deseas, me puedes consultar.

Un saludo a todos

Maat

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» Fecha: 02/05/2008 23:13:35

Mare las ultimas noticias que estoy leyendo dicen quelos 400 € no se van a cobrar en esta campaña de renta ya que empezará a deducirlos en el IRPF de la nómina a partir de Julio, cuando las rentas ya estén más que presentadas.

No vamos a cobrar, según noticias, nada de 400 €, solo que irán quitando progresivamente hasta finalizar el año esta cantidad del IRPF.

1. ¿Quién la va a cobrar?

No la va a cobrar todo el mundo.

Los que tienen una cuota íntegra menor de 400 euros (para lo cual hay que tener un sueldo muy bajo) y los que tienen una retención muy baja (el 2% e el mínimo) se quedan fuera de la medida.

2. ¿Cómo se va a cobrar?

Se ha retrasado su entrada en vigor hasta julio. Será entonces cuando se cobren de golpe los 200 euros inicialmente previstos para junio, que reducirán el importe total de la retención. Por ejemplo, un trabajador que cobre 1.500 euros brutos y al que Hacienda retiene 300 euros (cobra por tanto 1.200 euros netos, sin tener en cuenta la Seguridad Social), en julio sólo sufrirá una retención de 100 euros y se llevará a casa 1.400.

A partir de ahí, se prorratearán los otros 200 euros entre los cinco meses restantes del año, a razón de 40 euros al mes para los que cobran 12 pagas y de 33,3 euros para los que tienen su sueldo dividido en 14 pagas. A partir de enero de 2009, todos los meses se reducirá la retención de cada nómina en la misma cuantía.

4. ¿Qué falta por concretar?

Ésta no es la única duda que tiene que desvelar el Gobierno

1º.- Qué pasa con aquellos cuya retención anual supere los 400 euros pero no llegue a 200 euros al mes; en teoría, no se les puede aplicar la devolución de julio. Lo lógico es que el exceso sobre los 200 euros que no se pueda aplicar ese mes se prorratee también entre los demás meses, pero eso es sólo una hipótesis. Tampoco se sabe qué pasará con aquellos a los que se les haya retenido en los primeros meses del año y se hayan quedado en paro.

2º.- El Gobierno tiene que modificar el decreto de retenciones aprobado a principios de año para restar los 400 euros a la base de la retención (que se calcula para cada trabajador en función de sus circunstancias personales y familiares. (no se si ya ha sido modificado)

3º.- Además, tiene que aprobar una nueva deducción en la cuota -similar a la de la vivienda, por ejemplo- por esos 400 euros; SI NO LO HACE, como ha bajado la retención, los contribuyentes tendrían que pagar 400 euros más al hacer la declaración en junio de 2009.

Para mi en estos momentos un gran timo, nos tendrían que dar muchos más datos, sobre todola deducción en la cuota de la declaración de renta del año que viene. Hoy por hoy, si no ha habido algo que me he perdido, personalmente paso de que mehagan la reducción en el IRPF ya que para el año que vienela renta nos va a salir fina.

Igual estoy equivocada porque no entiendo mucho pero vamos es la información sacada.

mare

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» Fecha: 02/05/2008 13:30:38

Partiendo de la base de que hacienda siempre tiene razón.

Los dos ultimos años me hicieron dos paralelas,y siempre me las hace el gestor el año pasado ya pase de gestoria,pido el borrador(si no me llega) y pido cita con hacienda.

Llevo todos los papeles(voy guardando durante el año en una carpeta) y ellos mismos te la hacen,te desgravan lo que en el borrador no sale(que suele salir todo) y de este modo me quito problemas.

Desgrava un porcentaje de la compra de vivienda,pero no se cuanto.

Y los 400 € si seran devueltos en esta campaña,a los trabajadores por cuenta ajena en la nomina saldran reflejados creo que 100 la primera devolución y luego 50 hasta completar los 400.

En los autonomos por trimestre,al hacer las declaraciones se les descontara.

Pero no los recibiremos de una sola vez.

Teneis tiempo de pedir los borradores,yo lo hice por internet es muy facil y en el momento te aceptan la solicutud,te la envian por correo a tu casa.

campita

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» Fecha: 02/05/2008 11:49:55
jope vaya desilusion, bueno yo le año que viene no tenfre que hacerla poruqe para la miserai que gano...

Maat

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» Fecha: 02/05/2008 11:38:32
Gracias chicas a ver si alguien me echa una manilla, campita por lo que yo tengo entendido lo de los 400 euros no entra en esta renta. Y verdaderamente he oido cosas q no nos van a gustar nada, pero por si acaso me espero a ver como lo solucionan al final porque lo que me han comentado es que de dar los 400 euros nada de nada simplemente bajarán el IRPF en las nóminas. Con lo cual al año que viene la clavada de hacienda será gorda, pero ya te digo que son comentarios no se verdaderamente si es o no verdad.

margimame

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» Fecha: 02/05/2008 11:37:54

Pues yo no tengo ni idea,siempre pido el borrador!!!!

400 €, pues a mi me devuelven solo 30 €!!!!TristezaTristezaDevuelven 400 € a todos o ponen condiciones???

campita

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» Fecha: 02/05/2008 11:33:28
la verdad es uqe yo tampoco tengo ni idea, he pedido cita en hacienda para que me la hagan, y sobre todo para que me informen de lo de los 400 euros.

Amaiaxi

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» Fecha: 02/05/2008 11:24:44
Maat, no tengo ni idea!!! Esperemos que alguien te ayude, aunque hoy está muuu parada la cosa..Guiño
 
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