Adjunto envio las medidas adoptadas por el gobierno con respecto a los 400€ y otros
La deducción de 400 euros no afecta a la campaña del IRPF 2007.
La deducción de 400 euros aprobada por el Consejo de Ministros en su reunión del 18 de abril no afecta a la campaña del IRPF 2007, en consecuencia no tiene ninguna incidencia en los borradores y datos fiscales que se han remitido y se continúan remitiendo a los contribuyentes en el desarrollo de la campaña del IRPF 2007.
Si desea más información sobre la deducción de 400 euros en el ejercicio fiscal 2008 y las restantes medidas fiscales aprobadas por el Consejo de Ministros puede utilizar este enlace:
Nueva deducción de 400€ en el IRPF
Esta deducción será aplicable a los contribuyentes que perciban rentas del trabajo, asalariados y pensionistas, y también a los que perciban rendimientos procedentes de actividades económicas. El ahorro total para los contribuyentes será de 6.000 millones de euros, un 0,9% d la renta disponible de las familias.
El impacto de esta medida empezará a notarse a partir del mes de junio ya que esta deducción será tenida en cuenta a la hora de calcular las retenciones. En las nóminas del mes de junio, las retenciones se verán reducidas en unos 200 € como máximo y el resto del importe, hasta 400 euros, se prorrateará en los restantes meses hasta finalizar el año.
En cuanto a los autónomos, aquellos que realicen pagos fraccionados podrán beneficiarse a partir de junio de la deducción, mientras que para los demás casos se aplicarán la deducción cuando presenten la declaración del IRPF.
Mejora en el tratamiento fiscal de las rehabilitaciones de edificios
Las obras realizadas en un edificio se considerarán rehabilitación cuando su coste supere el 25% dl precio de adquisición del inmueble, sin incluir, como hasta ahora, el precio del suelo. De este modo, un mayor número de obras se podrá beneficiar de una fiscalidad más beneficiosa, ya que podrán recuperar el IVA soportado, y se estimulará la actividad en el sector de la construcción.
Ayuda a familias con hipotecas
El Gobierno está ultimando un compromiso con las entidades de crédito para eliminar los gastos financieros asociados a la ampliación del plazo de amortización de un crédito hipotecario. Asimismo, el Real Decreto-Ley aprobado hoy, ha incluido la supresión de los gastos fiscales de estas operaciones y promoverá urgentemente los acuerdos y las medidas oportunas para eliminar también los gastos registrales y notariales.
La medida entrará en vigor en mayo y tendrá una vigencia de dos años.
Se verán beneficiadas tRecolocación de trabajadores desempleados
El Plan de Medidas incluye también un plan especial para la recolocación de trabajadores desempleados, con dos elementos básicos:
Se refuerzan las acciones de inserción laboral y formación profesional mediante la contratación de 1.500 orientadores para que elaboren itinerarios personalizados para las personas afectadas. Se ofrecerá una ayuda extraordinaria de 350 euros mensuales durante tres meses para desempleados con especiales dificultades de inserción laboral y cuyas rentas sean inferiores al IPREM.
odas las personas físicas que quieran alargar el plazo de sus hipotecas sobre primera vivienda para reducir la cantidad que mensualmente pagan al banco.
Peroooo, me parece que todavia no lo entiendo muy bien.... Creo entender que, del dinero que nos retienen todos los meses en la nomina, en junio nos retendran hasta200€ menos... es asi?? Osea que si a mi me retienen 60€, lo que va a pasar esque no me van a retener nada solo el mes que viene?? o ya no me van a retener hasta que cumpla los 400€?
Si hay alguien mas espabilao que yo () y me lo puede explicar un poco... ¡le invito a un helao! jeje
Me alegro que este post os pueda aclarar algunas dudillas que teniamos. En cuanto a aquellas personas que no lleguen en retenciones a los 200 euros mensuales, creo que lo prorratearan en mas meses hasta llegar a los 400, la ley no dice nada, asi que, como va siendo habitual, los arreglos vendran sobre la marcha.
Ya sabeis que si os puedo ayudar en algo, aqui estoy
Papito paulina , sabes algo sobre el acuerdo que se pacto para finalizar la huelga de pescadores en la que se cerro el puerto de Barcelona (me refiero a las gratificaciones en forma de minimis y si esas gratificaciones eran sobre el calculo de los gastos de gasoil de ese momento(que supongo que si),y cuando estan dispuestos a pagarR bueno a ver si sbes algo de todo esto ,porque ni los del departamento de agricultura y pesca ni los sindicatos ni las cofradias ni nadie parece saber nada del tema de leyes maritimas , es muy fuerte el convenio si asi se puede llamar que tienen derivado de ley de buques arrastreros al fresco ...o... algo asi enfin un desamparo total para los que trabajan en esegremio que por suerte no es nuestro caso ,pero si lo fue.
pues a mi me explicaron eso el otro dia, y o bien es una interpretacion erronea de lo que tu pones, o algo pasa....
a ver os cuento lo que a mi me dijeron, a partir del mes de junio a todos nos retendran 400 euros menos AL AÑO!! , es decir que prorateao son unos treinta y pico euros que nos retienen de menos en la nomina, que pasa?? que como es desde junio pero tiene carater retroactivo de fecha 1 de enero de 2008 en junio nos tienen que dar las retenciones que nos habian sido descontadas durante los primeros 6 meses del año, es decir que en la nomina de junio vienen 200 euros mas, y a partir de julio la nominaquearia igual que siempre pero con treinta y pico euros demas debido a que nos bajan lasretenciones. que alguien me corrija si me equivoco!!!!!! jo!! que yo ya contaba con 200 euros mios y otros 200 de mi marido!!!!!
a ver esto es asi si a ti te retienen mas de 400 euros al año, evidentemente si te retinen 300, no te van a devolver 400!!.
narotajuan, para los autonomos va diferente, de esto creo que no estoy muy enterada, pero creo que os devuelven 200 en julio 100 en octubre y otros 100 en dicembre, durante este año, a partir del año que viene creo que es o trimestral o semestral, pero ya te digo que no se mucho...
Como quiera que la información os creo alguna duda, seguidamente os aclaro el asunto, copiando las medidas fiscales que sobre los 400 euros ha adoptado el gobierno, donde creo, disipareis cualquier cuestión al respecto.
Un saludo a todos
El Real Decreto-ley 2/2008, de 21 de abril, de medidas de impulso a la actividad económica (BOE del 22), ha establecido una nueva deducción de la cuota líquida del IRPF, con efectos desde el 1 de enero de 2008, cuya cuantía es de hasta 400 euros anuales y que podrá ser aplicada por los contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo o de actividades económicas en las condiciones previstas en la norma.
Con objeto de que los perceptores de rendimientos del trabajo y de actividades económicas vean anticipados los efectos de la nueva deducción sin tener que esperar a la presentación de las declaraciones del IRPF del ejercicio 2008, el Consejo de Ministros ha aprobado el día 23 de mayo un Real Decreto en el que se establecen los mecanismos para que el importe de dicha deducción se tenga ya en cuenta a efectos de determinar el importe de las retenciones sobre los rendimientos del trabajo que se les satisfagan a partir del día 1 de junio del año 2008, así como al calcular la cuantía de los pagos fraccionados que los contribuyentes que realicen actividades económicas deban efectuar por el segundo y sucesivos trimestres del presente año.
En relación con la mencionada deducción y su aplicación en 2008 interesa destacar los siguientes aspectos:
d.1) Trabajadores y pensionistas:
Nómina del mes de junio de 2008
: las retenciones se reducirán en 200 euros, como máximo. Por tanto, un trabajador que fuese a soportar una retención de 750 euros en junio de 2008, realmente solo soportará una retención de 550 (750-200). Si fuese a soportar una retención de 180, realmente no se le retendrá nada.
Al haberse establecido sus efectos a partir del día 1 de enero de 2008, la deducción de 400 euros no resulta aplicable en la Campaña de Renta 2007.
Sólo resulta aplicable a los contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo (incluidos pensionistas) y de actividades económicas en los términos previstos en la norma.
Se configura como una deducción de la cuota líquida del IRPF.
La anticipación de sus efectos económicos a 2008 se efectúa mediante la reducción de las retenciones del trabajo que soportan los trabajadores y pensionistas y de los pagos fraccionados a ingresar por actividades económicas, de la siguiente forma:
Nóminas de los meses de julio a diciembre de 2008
Los trabajadores y pensionistas que no estuviesen soportando retenciones
durante el año 2008 no podrán ver anticipados los efectos económicos de la nueva deducción, sin perjuicio de la aplicación de la misma cuando presenten la declaración del IRPF correspondiente a dicho año, en los términos previstos en la norma.
Para facilitar la aplicación de la medida la Agencia Tributaria va a desarrollar las siguientes actuaciones:
Puesta a disposición de los obligados a retener de un programa de ayuda
d.2) Empresarios y profesionales:
para el cálculo de las retenciones que podrá ser utilizado a partir de julio (en junio la reducción de retenciones es lineal: 200 euros o una cantidad inferior si la retención que se fuese a practicar antes de la entrada en vigor de la medida fuera inferior a dicho importe). Este programa estará disponible desde primeros de junio.
Envío de una carta informativa a los obligados a retener
Contactos con los profesionales tributarios y organizaciones empresariales para facilitar la celebración de las sesiones informativas que se consideren precisas.
Reducción de hasta 200 euros en el pago fraccionado del segundo trimestre de 2008, y de 100 euros en los pagos fraccionados de cada uno de los dos trimestres siguientes.
La cantidad no reducida en un trimestre por insuficiencia del importe del pago fraccionado, podrá reducirse en los pagos fraccionados de los trimestres siguientes del mismo año.
explicándoles la novedad normativa y el procedimiento a seguir para aplicarla. : disminución del tipo de retención en la cuantía necesaria para completar la reducción de las retenciones de 2008 hasta los 400 euros. En el primer ejemplo del guión anterior, el trabajador tiene 200 euros pendientes (400-200) mientras que en el segundo caso tiene 220 (400-180).
AGENCIA TRIBUTARIA - Nota informativa: Deducción de 400 € para IRPF 2008
No, se trata de que los 400€ se tienen que deducir dentro del ejercicio 2008 y el dia que proceda hacer la renta de 2008 ( el año que viene) esa cantidad, deberá estar exenta de tributación, mediante la aplicación de un descuento, al igual que sucede con las cantidades por hijos. ¿comprendido?
total que a mi ahora en junio esos 130 me los tiene que devolver, no? y hasta los 400 en cada nomina hasta dicienbre, mas o menos no?
y al año que viene cuadno haga la declaracion, a mi ese dinero ni plum, no? quier decir, si me devuelven 11 euros por ejemplo como este año,, al año que viene lo mismo y punto. no??
esos 400 no nos lo quitan de ningun otro sitio ni nos lo cobran no?
perdona que sea tan torpe pa estas cosas. jajajajajaja.
lo que no quiero que me jo dan por ninguna parte que bastante toy ya con el prestamo y la casa. ;)