Yo también me caso por lo civil y hace unos días me imprimí este documento de una web de novias, espero que te ayude, lo más importante es que los papeles tienen caducidad, por lo que no hay que prepararlos tan pronto, como mucho 6 meses antes de la boda. Espero haberte ayudado.
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Trámites para una boda civil
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Documentos necesarios para solteros
DNI de ambos.
Certificado de nacimiento de ambos.
Certificado de Soltería (Declaración Jurada).
Certificado de Residencia de ambos (certificado de empadronamiento si lo están). En el caso de que en los dos últimos años hubiesen vivido en más de un municipio, necesitarán Certificado de Residencia también del anterior.
Certificado de nacionalidad (en caso de extranjeros).
Si alguno de los contrayentes fuera menor de edad deberá presentar además a Autorización del Tribunal para contraer matrimonio.
Documentos necesarios para viudos
Los mismos que para los solteros y además:
Certificado de Matrimonio del viudo.
Certificado de defunción del anterior cónyuge.
Documentos necesarios para divorciados
Los mismos que para los solteros y además:
Certificado de Matrimonio del divorciado. Debe figurar nota marginal con la sentencia del divorcio y si no fuera así por no estar aún inscrita, se deberá aportar copia de la sentencia firme de divorcio.
Solicitud
Con toda la documentación señalada, los contrayentes deberán presentarse en el Registro Civil de su localidad, o en el Ayuntamiento si no existiera Registro, y formular una Solicitud de Matrimonio que deberán firmar conjuntamente con al menos un testigo. Este testigo deberá ser mayor de edad e ir provisto de DNI. El Ayuntamiento de su residencia publicará las amonestaciones durante tres semanas.
Ceremonia
La ceremonia deberá celebrarse antes de seis meses en cualquier lugar del territorio nacional. Se podrá celebrar en el Registro Civil o Juzgado de Paz en cuyo caso la oficiará un Juez asistido por un Secretario. También se podrá celebrar en los salones del Ayuntamiento, Juntas de Distrito o en cualquier otro lugar autorizado por el Ayuntamiento, en este caso la oficiará el Alcalde o un Concejal. Tanto en un caso como en otro, el oficiante pedirá a los contrayentes que hagan un compromiso mutuo de fidelidad y amor y les leerá los artículos 66, 67 y 68 del Código Civil, les declara casados y les entrega el Libro de Familia. El intercambio anillos, el "beso a la novia", etc. no son obligatorios en estas ceremonias, pero si se permite que cada cual la organice a su gusto.
Testigos
Juntos con los contrayentes deberán firmar el acta de matrimonio dos testigos, que deberán ser mayores de edad e ir provistos de DNI.Estos testigos, que estarán sentados; sin que sea obligatorio, al lado de los novios son similares a los padrinos en la boda religiosa.