ESTÁS EN: Facilisimo > Mascotas > Foros > Perros >

PapitoPaulina40

offline

» Karma: 0

» Fecha: 14/05/2008 13:54

informacion fiscal aprobada 18/4/08 gobierno. (no perros)

Nº de respuestas: 13 - Nº de lecturas: 355

Hola a todos:


Creo que el tema es interesante, por cuanto puede afectar a algunos foreros y además, entre otras cosas, deja de una vez por todo aclarado el dichoso tema de los 400€ prometidos por el Gobierno.


Si os sirve para algo, me alegraré mucho.


Besitos a todos


La deducción de 400 euros no afecta a la campaña del IRPF 2007.


La deducción de 400 euros aprobada por el Consejo de Ministros en su reunión del 18 de abril no afecta a la campaña del IRPF 2007, en consecuencia no tiene ninguna incidencia en los borradores y datos fiscales que se han remitido y se continúan remitiendo a los contribuyentes en el desarrollo de la campaña del IRPF 2007.


Si desea más información sobre la deducción de 400 euros en el ejercicio fiscal 2008 y las restantes medidas fiscales aprobadas por el Consejo de Ministros puede utilizar este enlace:



Nueva deducción de 400€ en el IRPF

Esta deducción será aplicable a los contribuyentes que perciban rentas del trabajo, asalariados y pensionistas, y también a los que perciban rendimientos procedentes de actividades económicas. El ahorro total para los contribuyentes será de 6.000 millones de euros, un 0,9% d la renta disponible de las familias.


El impacto de esta medida empezará a notarse a partir del mes de junio ya que esta deducción será tenida en cuenta a la hora de calcular las retenciones. En las nóminas del mes de junio, las retenciones se verán reducidas en unos 200 € como máximo y el resto del importe, hasta 400 euros, se prorrateará en los restantes meses hasta finalizar el año.


En cuanto a los autónomos, aquellos que realicen pagos fraccionados podrán beneficiarse a partir de junio de la deducción, mientras que para los demás casos se aplicarán la deducción cuando presenten la declaración del IRPF.



Mejora en el tratamiento fiscal de las rehabilitaciones de edificios

Las obras realizadas en un edificio se considerarán rehabilitación cuando su coste supere el 25% dl precio de adquisición del inmueble, sin incluir, como hasta ahora, el precio del suelo. De este modo, un mayor número de obras se podrá beneficiar de una fiscalidad más beneficiosa, ya que podrán recuperar el IVA soportado, y se estimulará la actividad en el sector de la construcción.



Ayuda a familias con hipotecas

El Gobierno está ultimando un compromiso con las entidades de crédito para eliminar los gastos financieros asociados a la ampliación del plazo de amortización de un crédito hipotecario. Asimismo, el Real Decreto-Ley aprobado hoy, ha incluido la supresión de los gastos fiscales de estas operaciones y promoverá urgentemente los acuerdos y las medidas oportunas para eliminar también los gastos registrales y notariales.


La medida entrará en vigor en mayo y tendrá una vigencia de dos años.


Se verán beneficiadas tRecolocación de trabajadores desempleados

El Plan de Medidas incluye también un plan especial para la recolocación de trabajadores desempleados, con dos elementos básicos:



    Se refuerzan las acciones de inserción laboral y formación profesional mediante la contratación de 1.500 orientadores para que elaboren itinerarios personalizados para las personas afectadas.
    Se ofrecerá una ayuda extraordinaria de 350 euros mensuales durante tres meses para desempleados con especiales dificultades de inserción laboral y cuyas rentas sean inferiores al IPREM.

odas las personas físicas que quieran alargar el plazo de sus hipotecas sobre primera vivienda para reducir la cantidad que mensualmente pagan al banco.

Cambiar orden de respuestas

aurora-scooty

offline

» Karma: 13.036

» Fecha: 14/05/2008 13:57:16
mama k ariamos nosotras sin ti! ay señor mi mamamammamamma!

Fenix_Nuka

offline

» Karma: 467.563

» Fecha: 15/05/2008 01:33:16
Gracias por la informacion,, :)

Que vais a hacer con los 400 euros?

aurora-scooty

offline

» Karma: 13.036

» Fecha: 15/05/2008 01:33:30

gente k pasa,pq no contestais ,no os importa? ombre lo minimo es dar las gracias por informarnos no?

venga va k un gracias no kuesta nada,venga genteeeeeeeeeee!

un beso

makoni

offline

» Karma: 29.064

» Fecha: 15/05/2008 01:35:47
gracias cielo!!!!!!!!!!!!!!! no habia leido este post.... pero gracias por ponerlo porque seguro que la mayoria de la gente no sabe esto...yo si lo sabia pero me ha gustado leerlo .un besico!!!!!!!!!

Xuxis

offline

» Karma: 2.396

» Fecha: 15/05/2008 08:13:29
Muchas gracias por la información. Eres un solete.Sonrisa

cat22

offline

» Karma: 10.317

» Fecha: 15/05/2008 08:36:54
eres un sol!! muchas gracias por informarnos wapa,que hariamos sin ti!! la verdad que yo handaba perdida en este tema.besitosSonrisa

klyeber

offline

» Karma: 54.314

» Fecha: 15/05/2008 09:32:17
muxisimas gracias guapa!!!!!!!!, viene de maravilla saber mas sobre el tema pq yo estaba muy verde. besos

Dameta

offline

» Karma: 65.160

» Fecha: 15/05/2008 09:42:20

Mami postizaaaa(que anda que no tienes hijas adoptivas jajajja)

La de cosas que estoy aprendiendo contigo!! Al final te voy a tener que pagar jejejejeje

Muchas gracias por mantenernos siempre informados.

Guapa más que guapaaaaa!!!

Bruja48

offline

» Karma: 39.496

» Fecha: 16/05/2008 21:55:56
Muchiiisimas gracias guapetona!

miriamxjordi

offline

» Karma: 257.413

» Fecha: 16/05/2008 21:58:45

mmmmmmyo no entiendo de eso jajajajajajaja pero el mister ya lo ha leido....

besitos

PapitoPaulina40

offline

» Karma: 0

» Fecha: 28/05/2008 11:34:39

Como he observado que, quizas la información que os di, quedó un poco complicadilla, os paso seguidamente a concretar y aclarar los términos de la famosa deducción y espero que con ello, os deje claro a todos cómo vaa ser la cosa.

AGENCIA TRIBUTARIA - Nota informativa: Deducción de 400 € para IRPF 2008

    El Real Decreto-ley 2/2008, de 21 de abril, de medidas de impulso a la actividad económica (BOE del 22), ha establecido una nueva deducción de la cuota líquida del IRPF, con efectos desde el 1 de enero de 2008, cuya cuantía es de hasta 400 euros anuales y que podrá ser aplicada por los contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo o de actividades económicas en las condiciones previstas en la norma.

    Con objeto de que los perceptores de rendimientos del trabajo y de actividades económicas vean anticipados los efectos de la nueva deducción sin tener que esperar a la presentación de las declaraciones del IRPF del ejercicio 2008, el Consejo de Ministros ha aprobado el día 23 de mayo un Real Decreto en el que se establecen los mecanismos para que el importe de dicha deducción se tenga ya en cuenta a efectos de determinar el importe de las retenciones sobre los rendimientos del trabajo que se les satisfagan a partir del día 1 de junio del año 2008, así como al calcular la cuantía de los pagos fraccionados que los contribuyentes que realicen actividades económicas deban efectuar por el segundo y sucesivos trimestres del presente año.

    En relación con la mencionada deducción y su aplicación en 2008 interesa destacar los siguientes aspectos:

    d.1) Trabajadores y pensionistas:

    Nómina del mes de junio de 2008

    : las retenciones se reducirán en 200 euros, como máximo. Por tanto, un trabajador que fuese a soportar una retención de 750 euros en junio de 2008, realmente solo soportará una retención de 550 (750-200). Si fuese a soportar una retención de 180, realmente no se le retendrá nada.

    Al haberse establecido sus efectos a partir del día 1 de enero de 2008, la deducción de 400 euros no resulta aplicable en la Campaña de Renta 2007.

    Sólo resulta aplicable a los contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo (incluidos pensionistas) y de actividades económicas en los términos previstos en la norma.

    Se configura como una deducción de la cuota líquida del IRPF.

    La anticipación de sus efectos económicos a 2008 se efectúa mediante la reducción de las retenciones del trabajo que soportan los trabajadores y pensionistas y de los pagos fraccionados a ingresar por actividades económicas, de la siguiente forma:

    Nóminas de los meses de julio a diciembre de 2008

    Los trabajadores y pensionistas que no estuviesen soportando retenciones

    durante el año 2008 no podrán ver anticipados los efectos económicos de la nueva deducción, sin perjuicio de la aplicación de la misma cuando presenten la declaración del IRPF correspondiente a dicho año, en los términos previstos en la norma.

    Para facilitar la aplicación de la medida la Agencia Tributaria va a desarrollar las siguientes actuaciones:

      Puesta a disposición de los obligados a retener de un programa de ayuda

    d.2) Empresarios y profesionales:

    para el cálculo de las retenciones que podrá ser utilizado a partir de julio (en junio la reducción de retenciones es lineal: 200 euros o una cantidad inferior si la retención que se fuese a practicar antes de la entrada en vigor de la medida fuera inferior a dicho importe).
    Este programa estará disponible desde primeros de junio.

    Envío de una carta informativa a los obligados a retener

    Contactos con los profesionales tributarios y organizaciones empresariales para facilitar la celebración de las sesiones informativas que se consideren precisas.

      Reducción de hasta 200 euros en el pago fraccionado del segundo trimestre de 2008, y de 100 euros en los pagos fraccionados de cada uno de los dos trimestres siguientes.

      La cantidad no reducida en un trimestre por insuficiencia del importe del pago fraccionado, podrá reducirse en los pagos fraccionados de los trimestres siguientes del mismo año.

      Un saludo

      explicándoles la novedad normativa y el procedimiento a seguir para aplicarla.
      : disminución del tipo de retención en la cuantía necesaria para completar la reducción de las retenciones de 2008 hasta los 400 euros. En el primer ejemplo del guión anterior, el trabajador tiene 200 euros pendientes (400-200) mientras que en el segundo caso tiene 220 (400-180).

      qasidah

      offline

      » Karma: 12.133

      » Fecha: 28/05/2008 12:04:34
      Hola acabo de ver el post muy interesante por la parte que me toca, pero agradeceria que me desglosaras el parrafo nueve, contando el "Hola a Todos"que nolo entiendo bien

      miriamxjordi

      offline

      » Karma: 257.413

      » Fecha: 28/05/2008 12:20:08

      gracias charitoooooooo

      besos

       
      Responder en este debate
      » Nuevo Usuario
      » Iniciar sesión
      » Usuario
      » Contraseña

      Recordarme

      » Publicidad
      » Comunidades
      » Usuarios + activos ayer
      » Encuesta
      ¿Tu mascota tiene comportamientos diferentes con los miembros de la familia?

      No
       Sí (84 % - 152 votos)
       No (16 % - 28 votos)
      Ver opiniones