Si en los estatutos de la comunidad no pone nada en contra, puedes tener a tus perros siempre que están cuidados y con los papeles en regla, si te obligan a echar a tus perros, dí que con la misma salga todo vestigio de animal o planta que haya en el edificio, sean como sean.
ART.18 LEY DE PROTECCION DE ANIMALES:
c) De igual modo, es responsable de acallar, de forma inmediata, los ladridos y alborotos necesarios producidos por sus animales, especialmente cuando ocurra entre las veintidós y las ocho horas, tomando medidas para evitar en lo sucesivo estas molestias al vecindario.
Si ellos van a llegar a manifestarse, ponte en contacto con las asociaciones de animales de tu ciudad, pregunta en el veterinario, seguro te ayudaran.
Siempre he creido que dan más la paliza y son más de temer los perros de tamaño pequeño que cualquier perro de tamaño grande, lo que pasa que dan más miedo.