Solicitar ayuda de Ingreso Mínimo Vital

El ingreso mínimo vital, que ha sido aprobado el pasado viernes por el Consejo de Ministros, se presenta como una prestación por hogar que será abonada de forma mensual y que supondrá una renta comprendida entre los 462 y los 1015 euros dependiendo del número de miembros que componen la unidad familiar.

Vamos a ver cómo solicitar la ayuda de ingreso mínimo vital y a partir de cuándo se puede pedir.

Tabla de cuantías Ingreso Mínimo Vital (Fuente: Cinco días)

Cómo solicitar la ayuda de ingreso mínimo vital

La prestación se podrá solicitar bien por medio de la sede electrónica de la Seguridad Social o bien por medio de correo ordinario adjuntando la documentación necesaria. Además, en el momento en el que se vuelvan a abrir los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social se podrá, asímismo, presentar a través de este medio, todo ello habiendo solicitado una cita previa.

También, según ha confirmado el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, a partir de la semana que viene (del 1 de junio en adelante), se va a poner a disposición de los usuarios un teléfono 900, gratuito, mediante el cual se podrá plantear todo tipo de dudas que se presenten y servirá de información para los ciudadanos beneficiarios de esta prestación.

Igualmente, la web dispondrá de un simulador para comprobar si podemos optar a la ayuda y en qué proporción.

Para pedir la ayuda se va a solicitar que se acrediten dos elementos clave: Edad y residencia.

La edad, puesto que esta ayuda va dirigida a la población con edad comprendida entre los 23 y los 65 años, a excepción de aquellas personas que tengan menores a cargo, para los cuales se ampliará la edad mínima de 18 años.

La residencia, dado que es necesario contar con al menos un año de residencia legal en España de forma ininterrumpida, a excepción de aquellas personas víctimas de violencia de género, trata de blancas y explotación sexual.

Todos estos datos serán comprobados y contrastados con los datos incorporados en la Seguridad Social.

Es importante tener en cuenta cuando se esté disfrutando de la ayuda, tener actualizados los datos referentes a la situación de ingresos, de forma que la Seguridad Social pueda comprobar de forma regular si se sigue siendo acreedor de esta ayuda.

Cuál es la cuantía de la prestación

Partiendo de la cantidad mínima establecida en 462 euros, esta se irá incrementando según el número de personas que compongan la unidad familiar, a la cual se le sumará un plus si se trata de una familia monoparental.

Para una familia monoparenta, se garantiza el pago mínimo de 462 euros mensuales, ascendiendo a una cuantía de 5538 euros anuales.

Si en la familia convive otro adulto más, esta cuantía se eleva a 600 euros mensuales, siendo un total de 7200 euros anuales.

Para un adulto y un niño, la cuantía mensual serán de 702 euros, correspondiendo a 8418 euros al año.

En el caso de dos adultos y un niño, mensualmente se percibirán 738 euros, o lo que es igual, 8861 euros anuales.

Siguiendo con los ejemplos, una unidad familiar compuesta por dos adultos y dos niños, la ayuda pasará a la cuantía mensual de 877 euros mensuales -o 10523 euros anuales-.

Por último, se percibirá la cuantía máxima establecida de 12184 euros anuales dividida en doce meses a 1015 euros por cada mes, en los casos de hogares compuestos por 5 personas.

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Etiquetas: Economía y trabajo

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